Ceder derechos de herencia

Ceder derechos de herencia

Cesión de derechos de herencia florida

Inicio » BLOG » ¿Cómo cedo o renuncio a una herencia? Normalmente, un heredero o beneficiario que ha sido notificado de que tiene una herencia en camino se alegra por el dinero o los bienes. Por supuesto, el motivo de la herencia no es motivo de alegría, pero la herencia en sí es una buena noticia.
Sin embargo, en ocasiones puede haber una razón por la que un beneficiario o heredero desee renunciar a una herencia o ceder el derecho a la misma a otra persona. Si necesita hacer esto, asegúrese de consultar con un abogado de planificación patrimonial sobre el procedimiento adecuado para asegurarse de que la ley, y el IRS, consideren la herencia renunciada o cedida.
A veces, un heredero o beneficiario que depende de programas estatales o federales como SSI o Medicaid para recibir asistencia decide que es necesario renunciar a una herencia. Aceptar la herencia puede descalificar al individuo a largo plazo para la asistencia que tanto necesita.

Transmisión de la herencia

Art. 122.002. RENUNCIA. Una persona que puede tener derecho a recibir la propiedad como un beneficiario puede renunciar a los intereses de la persona o el poder sobre la propiedad de conformidad con el capítulo 240, código de la propiedad.
SUBCAPÍTULO E. CESIÓN DE INTERESESec. 122.201. CESIÓN. Una persona que tiene derecho a recibir la propiedad o un interés en la propiedad de un difunto en virtud de un testamento, por herencia, o como beneficiario en virtud de un contrato de seguro de vida, y no renuncia a la propiedad en virtud del capítulo 240, Código de la Propiedad, puede ceder la propiedad o el interés en la propiedad a cualquier persona.
Art. 122.202. PRESENTACIÓN DE LA CESIÓN. Una cesión puede, a petición del cedente, ser entregada o archivada como se dispone para la entrega o archivo de una renuncia bajo el Subcapítulo C, Capítulo 240, Código de la Propiedad.

Cesión de intereses en el fideicomiso

Arizona, California, Idaho, Luisiana, Nevada, Nuevo México, Texas, Washington y Wisconsin son estados de «bienes gananciales», lo que significa que, en caso de fallecimiento o divorcio, los cónyuges tienen derecho a la mitad de todas las ganancias acumuladas durante el matrimonio, incluidos los bienes adquiridos con esas ganancias. Alaska es un estado de bienes gananciales, lo que da a ambas partes la opción de hacer que sus bienes sean gananciales.
Mientras que usted tiene derecho a redactar un testamento que proporcione a su cónyuge superviviente menos de la mitad de estas ganancias, en estos 10 estados el cónyuge superviviente tiene derecho a impugnar el testamento y solicitar que reciba la totalidad del 50%. (Con toda probabilidad, los cónyuges de estos 10 estados recibirían la totalidad del 50% por parte de un tribunal estatal).
En todos los demás estados, los cónyuges tienen derecho a reclamar alrededor de un tercio de los bienes del cónyuge fallecido (las leyes específicas y las cantidades varían de un estado a otro). Si el testamento deja al cónyuge superviviente menos de un tercio de los bienes del fallecido, el cónyuge superviviente tiene derecho a impugnar el testamento ante los tribunales.

¿puedo ceder mi herencia a otra persona?

La pregunta obvia para muchos es «¿Por qué querría alguien ceder una herencia?». Hay varias razones por las que la gente decide hacerlo, pero las dos más comunes son que el beneficiario quiere ceder los bienes al beneficiario previsto o porque la recepción de los bienes crearía problemas para el beneficiario.
A veces, si una persona fallece sin ejecutar un testamento válido, un beneficiario previsto queda fuera. La situación más común en la que esto ocurre es cuando una pareja vive junta pero nunca se casa. Las leyes de sucesión intestada no reconocerán a la pareja no casada, lo que significa que los hijos, padres u otros parientes consanguíneos heredarán todo el patrimonio del difunto. Si un heredero sabe que toda, o una parte, de su herencia estaba destinada en realidad a la pareja del difunto, es posible que desee asignar la herencia al beneficiario previsto.
Otra razón común para renunciar a una herencia es si el beneficiario recibe una ayuda crucial del gobierno estatal o federal y la herencia hará que el beneficiario pierda esa ayuda.

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